«Criminal pensión de 1,95 US$ mensual para un ser humano»
Prensa DPR
Domingo 16 de marzo de 2015
A CONTINUACIÓN LA CARTA DENUNCIA:
Caracas Venezuela, 15 de marzo de 2025
Ciudadano
Dr. Karim Khan
Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI)
La Haya, Países Bajos.
Su despacho.
Nosotros los abajo firmantes, nos dirigimos a Ud. para denunciar formalmente de conformidad con los artículos 13(c) y 14 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al ciudadano Nicolás Alejandro Maduro Moros, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y al ciudadano Vladimir Padrino López, Ministro de la Defensa, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Venezolanas (CIV) números 5812144 y 6122963 respectivamente, por estar presuntamente incursos en el delito de Exterminio, contemplado en el artículo 7(b) del Estatuto de Roma de la CPI, como crimen de lesa humanidad, llevado a efecto mediante acciones concretas, sistemáticas, generalizadas y públicas, que vienen generando la destrucción del sector más vulnerable de la población venezolana los ancianos; entre ellos el personal de militares retirados, sometidos a pensión y/ o jubilación.
Los actos denunciados, se evidencian en las míseras pensiones, que se suman a las deficiencias del sistema de seguridad social de la población civil venezolana, y en especial a los miembros de la Fuerza Armada Nacional Venezolana en situación de retiro, quienes gozaban de un sistema de seguridad y bienestar social propio, destruido por las personas aquí denunciadas.
Esta insostenible situación ocurre como consecuencia de las devaluaciones sucesivas e intencionales, producto de la mala praxis política económica, y por la nefasta corrupción que ha devastado el patrimonio público; puesta en práctica por las autoridades señaladas desde hace años, privando con sus acciones de alimentos, medicinas y servicios públicos básicos, que afectan particularmente a los adultos mayores.
En los años 2008, 2019 y 2021 al "Bolívar" moneda de curso nacional, fue sometido a la devaluación y por tal razón, le fueron suprimidos catorce ceros, hecho que sumado a las continuas decisiones en contra del poder adquisitivo, han sido tan alarmantes, razón por la que hoy, el salario mínimo vital y las correspondientes pensiones de jubilación, tienen tres años continuos anclados en ciento treinta bolívares (130,00 BS),
Dicho monto fue producto de la última vez que se fijó el salario mínimo vital que, en el año 2022, la tasa del cambio oficial era de 1 US$= 28,00 Bs.
Hoy, fecha de esta solicitud el dólar se cotiza a 66,43, BS y sigue sumando bolívares diariamente.
Ante esta brutal realidad, la pensión se reduce a un salario de1,95 US$ mensual y sigue en caída.
Es algo inhumano, que priva a millones de venezolanos de los alimentos bàsicos, y la posibilidad de adquirir los medicamentos, afectando especialmente a millones de personas de la tercera edad, que aportaron y contribuyeron para que las pensiones y jubilaciones les garantizara una vejez digna. Hoy estas personas están irremediablemente condenados a temprana muerte.
Esta dramática situación sin lugar a dudas, constituye la sistemática aplicación del “delito de Exterminio” contemplado en el artículo 7 (b) del Estatuto de Roma. Se puede observar, como la conducta del Señor Nicolás Maduro y su Ministro de la Defensa, se ajustan en perfecta medida a la supuesta normativs citado como crimen de lesa humanidad; definida por el estatuto de la siguiente manera, Citamos:
"Cualquiera de los actos siguientes, cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”
El aparte (b) del presente artículo, es más preciso sobre las acciones denunciadas. Citamos:
"El Exterminio comprenderá la imposición intencional de condiciones de vida, la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población".
Para ahondar un poco más en esta denuncia, es necesario precisar que la "Cesta Básica" es para garantizar una vida con alguna dignidad posible, de acuerdo a la Organización no Gubernamental (ONG), Centro de Documentación y análisis de la Federación Venezolana de Maestros (FVM), que para el mes de enero de 2025 era superior a los Ochocientos dólares (800 US$), como ingreso mensual necesarios para cubrir alimentación y otros servicios básicos.
Solo la canasta alimentaria se calcula en 498,47 dólares mensuales, para una familia de cinco personas. Obviamente el venezolano pensionado o jubilado, necesita de 255 salarios mínimos, solo para satisfacer únicamente las necesidades alimentarias.
Como consecuencia de este apocalíptico escenario, cerca de ocho millones de venezolanos, han emigrado a otros países, en busca de mejores condiciones de vida, lo que constituye el delito de lesa humanidad de "Traslado Forzoso de Población" contemplado en el artículo 7(d) del Estatuto.
Por las razones expuestas, la tasa de suicidios, y fallecimientos por falta de medicinas y asistencia médica, se ha incrementado en nuestro país en los últimos años.
A ello se suma de manera alarmante, que se ha evidenciado el aumento de suicidios en el caso de ancianos militares retirados, a quienes el gobierno de Nicolás Maduro y la gestión de Vladimir Padrino, no les dejó otra opción.
Tómese como referencia didáctica, que en el año 2001, la pensión de un general de brigada, una de las más alta de los militares en retiro, era el equivalente en moneda norteamericana de mil setecientas dólares mensuales (1.700 US$)
En la actualidad ese monto total mensual es de Dieciséis dólares (16 US$).
¿Cómo puede vivir un militar con esa pensión?
Una muestra comparativa de pensiones de militares en retiro, por grados en América Latina y España, refiere una abismal diferencia con las pensiones de los militares venezolanos.
La máxima bonificación que reciben en la actualidad los militares retirados, son dos bonos compensatorios, uno de alimentación equivalente a Cuarenta y Cinco dólares (45,00 US$) y un bono de guerra económica equivalente a Noventa dólares (90US$), lo cual suma un total de 151,00 dólares mensuales, mientras que en Venezuela como ya narramos, la cesta básica solo para alimentos supera los 500, 00 US$ mensuales.
El régimen de Nicolás Maduro viola también el artículo 39 de la Ley Orgánica de Seguridad Social de la FANB, promulgada el 29-12-2015, denominada Ley Negro Primero, por cuanto a los militares retirados, no les otorgan algunos bonos que reciben todos los militares activos.
El citado artículo, regula la homologación del ingreso del retirado, en la misma cantidad que su grado similar en actividad, condición aceptada en la mayoría de las Fuerzas Armadas del mundo. En tal sentido la norma ordena lo siguiente:
“Las pensiones del personal militar profesional de reserva activa, discapacidad y familiares sobrevivientes calificados, se ajustarán de inmediato y en razón directa, cada vez que se produzcan aumentos en las remuneraciones del personal militar profesional en situación de actividad, incluyendo el sueldo, las primas, bonos y demás beneficios socioeconómicos comunes existentes, o que establezca el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa”
Como medida necesaria para el plan de sistemática extinción de los militares jubilados, esa homologación que ya existía en forma previa y ratificada por la nueva ley aprobada por el propio Nicolás Maduro, conocida por su ministro desde su publicación en diciembre del año 2015, tampoco la han hecho efectiva y contradictoriamente, la misma aprobación significó en la práctica, el inicio de todas las acciones ejecutivas para el sistemático exterminio aquí denunciado.
PETITORIO
En consideración a esta formal denuncia presentada, solicitamos al Fiscal de la Corte, la presentación con carácter de urgencia, como es su obligación y responsabilidad jurídica y moral, del informe ante la Sala de Cuestiones Preliminares (Sala 1), para que conforme al artículo 15 y 53 del Estatuto de Roma de la CPI, se abra definitivamente juicio a los altos criminales responsables de delitos antes denunciados.
Igualmente, de ser procedente, se solicite la detención o comparecencia ente esa instancia internacional, de los denunciados para que se inicie el respectivo enjuiciamiento en su carácter de imputados.
Sin otro particular a que hacer referencia, los denunciantes:
No. telefónico: +58 424 1696891, E-mail: juanantonioherrerab@gmail.com
No. telefónico: +58 412 9323517, E-mail: monteromeredith@gmail.com
No. telefónico: +58 414 2864414,
E-mail: hidalgo-valero@hotmail.com
Anexo: Muestra representativa de pensiones de militares en América Latina y España.
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