domingo, 16 de marzo de 2025

Graves acusaciones de Donald Trump contra Nicolás Maduro «constituyen una amenaza para la seguridad y la paz de la República, dado el historial de agresiones bajo falsos pretexto que tienen los gobiernos estadounidenses»: Elías Jaua Milano


«
Los señalamientos criminales, sin prueba alguna,  que se le hacen y dada su condición de Jefe de Estado, constituyen una amenaza para la seguridad y la paz de la República, dado el historial de agresiones bajo falsos pretexto que tienen los gobiernos estadounidenses contra naciones enteras»

El ex vicepresidente ejecutivo de la República y ex ministro Elías Jaua Milano rechaza las graves acusaciones proclamadas por Donald Trump contra Nicolás Maduro, en su proclama presidencial contra el «Tren de Aragua», publicada el pasado 14 de los corrientes.

En ese sentido, Jaua circuló por redes sociales un texto que transcribimos a continuación: 

ANTE LA IGNOMINIA que implica la declaratoria de enemigos extranjeros a los venezolanos y venezolanas, bajo el eufemismo de TdA, por parte del Presidente Trump, escribo estas palabras con profunda indignación y en defensa apasionada de la venezolanidad. 

Somos un pueblo noble, con un larga tradición de lucha por la independencia y la democracia, promotor de la paz en la región, lleno de valores y de talentos. Se pretende criminalizar a una nación entera bajo la etiqueta de una banda criminal de poca monta, sin ninguna capacidad de acción transnacional, que operó e hizo mucho daño a la población en una región de Venezuela, a la cual los medios internacionales y gobiernos xenófobos le atribuyen cualquier acción delictiva de bandas de esos paises, donde participe o no algún venezolano. Es muy grave señalar que el Jefe del Estado venezolano esté vinculado a  esa supuesta banda internacional. 

Conozco y trabajé con Nicolás Maduro. Más allá de cualquier diferencia en la politica, puedo afirmar con absoluta certeza que no es alguien que pueda abrigar la intención de promover una organización de estas características, mucho menos para agredir a otra nación. Por el contrario, ha demostrado firmeza en el desmantelamiento del llamado "pranato", modelo de control criminal,  que nos instalaron en algunas zonas específica del país.  

Los señalamientos criminales, sin prueba alguna,  que se le hacen y dada su condición de Jefe de Estado, constituyen una amenaza para la seguridad y la paz de la República, dado el historial de agresiones bajo falsos pretexto que tienen los gobiernos estadounidenses contra naciones enteras.  

Es la hora de la responsabilidad con Venezuela. La dirigencia  política patriótica, tanto del gobierno como la oposición, tienen que encontrar los mecanismos de regulación del conflicto político interno que nos permitan disipar estás amenazas extranjeras  y con una solo voz condenar está agresión a nuestra identidad nacional. 

A quienes han promovido está peligrosa estigmatización contra el pueblo venezolano, la historia los condenara. La patria está primero.

¡Viva Venezuela! 

Elias Jaua Milano

Ex Vicepresidente de la República.

Organizaciones de militares retirados venezolanos denuncian a Nicolás Maduro y Vladimir Padrino por el delito de «exterminio» ante la Corte Penal Internacional

Los acusan del delito de «exterminio... crimen de lesa humanidad, llevado a efecto mediante acciones concretas, sistemáticas, generalizadas y públicas, que vienen generando la destrucción del sector más vulnerable de la población venezolana los ancianos; entre ellos el personal de militares retirados, sometidos a pensión y/ o jubilación».


«Criminal pensión de 1,95 US$ mensual para un ser humano»


Prensa DPR 

Domingo 16 de marzo de 2015

A CONTINUACIÓN LA CARTA DENUNCIA:


Caracas Venezuela, 15 de marzo de 2025

Ciudadano

Dr. Karim Khan

Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI)

La Haya, Países Bajos.

Su despacho.

Nosotros los abajo firmantes, nos dirigimos a Ud. para denunciar formalmente de conformidad con los artículos 13(c) y 14 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al ciudadano Nicolás Alejandro Maduro Moros,  Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y al ciudadano Vladimir Padrino López, Ministro de la Defensa, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Venezolanas (CIV) números 5812144 y 6122963 respectivamente, por estar presuntamente incursos en el delito de Exterminio, contemplado en el artículo 7(b) del Estatuto de Roma de la CPI, como crimen de lesa humanidad, llevado a efecto mediante acciones concretas, sistemáticas, generalizadas y públicas, que vienen generando la destrucción del sector más vulnerable de la población venezolana los ancianos; entre ellos el personal de militares retirados, sometidos a pensión y/ o jubilación.

Los actos denunciados, se evidencian en las míseras pensiones, que se suman a las deficiencias del sistema de seguridad social de la población civil venezolana, y en especial a los miembros de la Fuerza Armada Nacional Venezolana en situación de retiro, quienes gozaban de un sistema de seguridad y bienestar social propio,  destruido por las personas aquí denunciadas.

Esta insostenible situación ocurre como consecuencia de las devaluaciones sucesivas e intencionales, producto de la mala praxis política económica, y por la nefasta corrupción que ha devastado el patrimonio público; puesta en práctica por las autoridades señaladas desde hace años, privando con sus acciones de alimentos, medicinas y servicios públicos básicos, que afectan particularmente a los adultos mayores.

En los años 2008, 2019 y 2021 al "Bolívar" moneda de curso nacional, fue sometido a la devaluación y por tal razón, le fueron suprimidos catorce ceros, hecho que sumado a las continuas decisiones en contra del poder adquisitivo, han sido tan alarmantes, razón por la que hoy, el salario mínimo vital y las correspondientes pensiones de jubilación, tienen tres años continuos anclados en ciento treinta bolívares (130,00 BS),

Dicho monto fue producto de la última vez que se fijó el salario mínimo vital que, en el año 2022,  la tasa del cambio oficial era de 1 US$= 28,00 Bs.

Hoy, fecha de esta solicitud el dólar se cotiza a 66,43, BS y sigue sumando bolívares diariamente.

Ante esta brutal realidad, la pensión se reduce a un salario de1,95 US$ mensual y sigue en caída.

Es algo inhumano, que priva a millones de venezolanos de los alimentos bàsicos, y la posibilidad de adquirir los medicamentos, afectando especialmente a millones de personas de la tercera edad, que aportaron y contribuyeron para que las pensiones y jubilaciones les garantizara una vejez digna. Hoy estas personas están irremediablemente condenados a temprana muerte.

Esta dramática situación sin lugar a dudas, constituye la sistemática aplicación del “delito de Exterminio” contemplado en el artículo 7 (b) del Estatuto de Roma. Se puede observar, como la conducta del Señor Nicolás Maduro y su Ministro de la Defensa, se ajustan en perfecta medida a la supuesta normativs citado como crimen de lesa humanidad; definida por el estatuto de la siguiente manera, Citamos:

"Cualquiera de los actos siguientes, cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”

El aparte (b) del presente artículo, es más preciso sobre las acciones denunciadas. Citamos:

"El Exterminio comprenderá la imposición intencional de condiciones de vida, la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población".

Para ahondar un poco más en esta denuncia, es necesario precisar que la "Cesta Básica" es para garantizar una vida con alguna dignidad posible, de acuerdo a la Organización no Gubernamental (ONG), Centro de Documentación y análisis de la Federación Venezolana de Maestros (FVM), que para el mes de enero de 2025 era superior a los Ochocientos dólares (800 US$), como ingreso mensual necesarios para cubrir alimentación y otros servicios básicos.

Solo la canasta alimentaria se calcula en 498,47 dólares mensuales, para una familia de cinco personas. Obviamente el venezolano pensionado o jubilado, necesita de 255 salarios mínimos, solo para satisfacer únicamente las necesidades alimentarias.

Como consecuencia de este apocalíptico escenario, cerca de ocho millones de venezolanos, han emigrado a otros países, en busca de mejores condiciones de vida, lo que constituye el delito de lesa humanidad de "Traslado Forzoso de Población" contemplado en el artículo 7(d) del Estatuto.

Por las razones expuestas, la tasa de suicidios, y fallecimientos por falta de medicinas y asistencia médica, se ha incrementado en nuestro país en los últimos años.

A ello se suma de manera alarmante, que se ha evidenciado el aumento de suicidios en el caso de ancianos militares retirados, a quienes el gobierno de Nicolás Maduro y la gestión de Vladimir Padrino, no les dejó otra opción.

Tómese como referencia didáctica, que en el año 2001, la pensión de un general de brigada, una de las más alta de los militares en retiro, era el equivalente en moneda norteamericana de mil setecientas dólares mensuales (1.700 US$)

 En la actualidad ese monto total mensual es de Dieciséis dólares (16 US$).

¿Cómo puede vivir un militar con esa pensión?

Una muestra comparativa de pensiones de militares en retiro, por grados en América Latina y España, refiere una abismal diferencia con las pensiones de los militares venezolanos.

La máxima bonificación que reciben en la actualidad los militares retirados, son dos bonos compensatorios, uno de alimentación equivalente a Cuarenta y Cinco dólares (45,00 US$) y un bono de guerra económica equivalente a Noventa dólares (90US$), lo cual suma un total de 151,00 dólares mensuales, mientras que en Venezuela como ya narramos, la cesta básica solo para alimentos supera los 500, 00 US$ mensuales.

El régimen de Nicolás Maduro viola también el artículo 39 de la Ley Orgánica de Seguridad Social de la FANB, promulgada el 29-12-2015, denominada Ley Negro Primero, por cuanto a los militares retirados, no les otorgan algunos bonos que reciben todos los militares activos.

El citado artículo, regula la homologación del ingreso del retirado, en la misma cantidad que su grado similar en actividad, condición aceptada en la mayoría de las Fuerzas Armadas del mundo. En tal sentido la norma ordena lo siguiente:

“Las pensiones del personal militar profesional de reserva activa, discapacidad y familiares sobrevivientes calificados, se ajustarán de inmediato y en razón directa, cada vez que se produzcan aumentos en las remuneraciones del personal militar profesional en situación de actividad, incluyendo el sueldo, las primas, bonos y demás beneficios socioeconómicos comunes existentes, o que establezca el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa”

Como medida necesaria para el plan de sistemática extinción de los militares jubilados, esa homologación que ya existía en forma previa y ratificada por la nueva ley aprobada por el propio Nicolás Maduro, conocida por su ministro desde su publicación en diciembre del año 2015, tampoco la han hecho efectiva y contradictoriamente, la misma aprobación significó en la práctica, el inicio de todas las acciones ejecutivas para el sistemático exterminio aquí denunciado.

PETITORIO

En consideración a esta formal denuncia presentada, solicitamos  al Fiscal de la Corte, la presentación con carácter de urgencia, como es su obligación y responsabilidad jurídica y moral,  del informe ante la Sala de Cuestiones Preliminares (Sala 1), para que conforme al artículo 15 y 53 del Estatuto de Roma de la CPI, se abra definitivamente juicio a los altos criminales responsables de delitos antes denunciados.

Igualmente, de ser procedente, se solicite la detención o comparecencia ente esa instancia internacional, de los denunciados para que se inicie el respectivo enjuiciamiento en su carácter de imputados.

Sin otro particular a que hacer referencia, los denunciantes:


General de Brigada (EJ) Juan Antonio Herrera Betancourt, Presidente del Frente Institucional Militar, CIV 1335642

No. telefónico: +58 424 1696891, E-mail: juanantonioherrerab@gmail.com



General de División (EJ) Rafael Montero Revette, Presidente del Movimiento de Militares  Retirados, CIV 2953284

No. telefónico: +58 412 9323517, E-mail: monteromeredith@gmail.com



Coronel (GN) Hidalgo Valero Briceño, Presidente de la Asociación Civil, Defensores Populares de la Nueva República, CIV 4058442

No. telefónico: +58 414 2864414,

E-mail: hidalgo-valero@hotmail.com


Anexo: Muestra representativa de pensiones de militares en América Latina y España.

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GRAVE ACUSACIÓN DESDE LA CASA BLANCA: Al proclamar que el «Tren de Aragua es una Organización Terrorista Extranjera» Trump declaró que Nicolás Maduro «lidera el Cártel de los Soles»

Trump afirmó que el «Cártel de los Soles (es) la organización narcoterrorista patrocinada por el régimen de Nicolás Maduro con sede en Venezuela».


Invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros en relación con la invasión de los Estados Unidos por Tren De Aragua

La Casa Blanca

15 de marzo de 2025

«El TdA opera en conjunto con el Cártel de los Soles, la organización narcoterrorista patrocinada por el régimen de Nicolás Maduro con sede en Venezuela, y comete crímenes brutales, incluyendo asesinatos, secuestros, extorsiones y tráfico de personas, drogas y armas»


POR EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

UNA PROCLAMACIÓN

El Tren de Aragua (TdA) es una Organización Terrorista Extranjera designada con miles de miembros, muchos de los cuales se han infiltrado ilegalmente en Estados Unidos y están llevando a cabo guerra irregular y acciones hostiles contra el país. El TdA opera en conjunto con el Cártel de los Soles, la organización narcoterrorista patrocinada por el régimen de Nicolás Maduro con sede en Venezuela, y comete crímenes brutales, incluyendo asesinatos, secuestros, extorsiones y tráfico de personas, drogas y armas. El TdA ha participado y continúa participando en la migración ilegal masiva a Estados Unidos para promover sus objetivos de perjudicar a los ciudadanos estadounidenses, socavar la seguridad pública y apoyar el objetivo del régimen de Maduro de desestabilizar las naciones democráticas de América, incluido Estados Unidos.

El TdA está estrechamente alineado con el régimen de Maduro, e incluso se ha infiltrado en él, incluyendo su aparato militar y policial. El TdA creció significativamente mientras Tareck El Aissami se desempeñó como gobernador de Aragua entre 2012 y 2017. En 2017, El Aissami fue nombrado vicepresidente de Venezuela. Poco después, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos lo designó Narcotraficante Especialmente Designado en virtud de la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico, 21 USC 1901 y siguientes. El Aissami se encuentra actualmente prófugo de la justicia estadounidense y enfrenta cargos derivados de sus violaciones de las sanciones estadounidenses impuestas por su designación del Departamento del Tesoro.

Al igual que El Aissami, Nicolás Maduro, quien se autoproclama presidente de Venezuela y ejerce control sobre las fuerzas de seguridad y otras autoridades venezolanas, también mantiene estrechos vínculos con narcoterroristas patrocinados por el régimen. Maduro lidera el Cártel de los Soles, una organización patrocinada por el régimen, que se coordina con TdA y otras organizaciones, y se apoya en ellas, para lograr su objetivo de utilizar narcóticos ilegales como arma para inundar Estados Unidos. En 2020, Maduro y otros miembros del régimen fueron acusados ​​de narcoterrorismo y otros delitos en relación con este complot contra Estados Unidos.

A lo largo de los años, las autoridades nacionales y locales venezolanas han cedido un control cada vez mayor sobre sus territorios a organizaciones criminales transnacionales, incluyendo a TdA. El resultado es un estado criminal híbrido que perpetra una invasión e incursión depredadora en Estados Unidos, lo que representa un peligro sustancial para este país. De hecho, en diciembre de 2024, INTERPOL Washington confirmó: «El Tren de Aragua se ha convertido en una amenaza significativa para Estados Unidos al infiltrarse en los flujos migratorios desde Venezuela». La evidencia demuestra irrefutablemente que TdA ha invadido Estados Unidos y continúa invadiendo, intentando invadir y amenazando con invadir el país; ha perpetrado una guerra irregular dentro del país; y ha utilizado el narcotráfico como arma contra nuestros ciudadanos.

Con base en una revisión de las actividades de TdA, y en consulta con el Fiscal General y el Secretario del Tesoro, el 20 de febrero de 2025, actuando de conformidad con la autoridad en 8 USC 1189, el Secretario de Estado designó a TdA como una Organización Terrorista Extranjera.

«Concluyo y declaro que TdA está perpetrando, intentando y amenazando con una invasión o incursión depredadora contra el territorio de los Estados Unidos. TdA está llevando a cabo acciones hostiles y llevando a cabo una guerra irregular contra el territorio de los Estados Unidos, tanto directamente como bajo la dirección, clandestina o de otro tipo, del régimen de Maduro en Venezuela»

Como Presidente de los Estados Unidos y Comandante en Jefe, es mi solemne deber proteger al pueblo estadounidense de los efectos devastadores de esta invasión. POR TANTO, YO, DONALD J. TRUMP, Presidente de los Estados Unidos de América, en virtud de la autoridad que me confieren la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida la Ley de Enemigos Extranjeros, 50 USC 21 y siguientes, por la presente proclamo y ordeno lo siguiente:

Sección 1. Concluyo y declaro que TdA está perpetrando, intentando y amenazando con una invasión o incursión depredadora contra el territorio de los Estados Unidos. TdA está llevando a cabo acciones hostiles y llevando a cabo una guerra irregular contra el territorio de los Estados Unidos, tanto directamente como bajo la dirección, clandestina o de otro tipo, del régimen de Maduro en Venezuela. Hago estas constataciones utilizando todo el alcance de mi autoridad para conducir los asuntos exteriores de la Nación bajo la Constitución. Con base en estas constataciones, y por la autoridad que me confieren la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluyendo 50 USC 21, proclamo que todos los ciudadanos venezolanos de 14 años de edad o más que sean miembros de TdA, se encuentren en los Estados Unidos y no estén realmente naturalizados o sean residentes permanentes legales de los Estados Unidos están sujetos a ser aprehendidos, restringidos, asegurados y deportados como Enemigos Extranjeros. Además, encuentro y declaro que todos esos miembros de TdA son, en virtud de su membresía en esa organización, acusados ​​de hostilidad real contra los Estados Unidos y, por lo tanto, no son elegibles para los beneficios de 50 USC 22. Además, encuentro y declaro que todos esos miembros de TdA son un peligro para la paz o seguridad pública de los Estados Unidos.

Sección 2. Instruyo a la Fiscal General a que , dentro de los 60 días siguientes a la fecha de esta proclamación, prepare y publique una carta bajo su firma declarando la política descrita en la sección 1 de esta proclamación como política de los Estados Unidos, adjuntando esta proclama. Instruyo a la Fiscal General a que transmita esta carta al Presidente de la Corte Suprema de los Estados Unidos, al presidente de cada tribunal de apelaciones de circuito, al presidente de cada tribunal de distrito y territorial de los Estados Unidos, a cada gobernador de un estado y territorio de los Estados Unidos, y al funcionario judicial de mayor rango de cada estado y territorio de los Estados Unidos.

Sec . 3. Ordeno que todos los enemigos extranjeros descritos en la sección 1 de esta proclamación estén sujetos a aprehensión, detención y expulsión inmediatas y, además, que no se les permitirá residir en los Estados Unidos.

Sección 4. De conformidad con la Ley de Enemigos Extranjeros, el Fiscal General y el Secretario de Seguridad Nacional deberán, de conformidad con la legislación aplicable, aprehender, restringir, asegurar y expulsar a todo Enemigo Extranjero descrito en la sección 1 de esta proclamación. El Secretario de Seguridad Nacional se reserva el derecho de aprehender y expulsar a cualquier Enemigo Extranjero bajo cualquier autoridad independiente.

Sec . 5. Todos los departamentos y agencias ejecutivas (agencias) colaborarán con los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de los Estados Unidos y con los funcionarios estatales, locales y tribales correspondientes, para utilizar todos los medios legales para aprehender, restringir, asegurar y eliminar a los enemigos extranjeros descritos en la sección 1 de esta proclamación.

Sec . 6. En virtud de mi autoridad, según el Título 50 del Código de los Estados Unidos, Sección 21, para dirigir la conducta que Estados Unidos debe observar hacia los Enemigos Extranjeros sujetos a esta proclamación, para dirigir la forma y el grado de restricción a la que dichos Enemigos Extranjeros estarán sujetos y en qué casos, para disponer su expulsión, y para establecer cualquier otra normativa que se considere necesaria "en las instalaciones y para la seguridad pública", por la presente ordeno al Fiscal General y al Secretario de Seguridad Nacional que ejecuten todas las normativas que se contienen a continuación con respecto a los Enemigos Extranjeros descritos en la sección 1 de esta proclamación. Asimismo, se ordena al Fiscal General y al Secretario de Seguridad Nacional que ordenen la aprehensión, detención y expulsión de todos los miembros de TdA que, de otro modo, califiquen como Enemigos Extranjeros según la sección 1 de esta proclamación. El Fiscal General y el Secretario de Seguridad Nacional están autorizados a tomar todas las medidas necesarias, según la Ley de Enemigos Extranjeros, para hacer efectiva esta proclamación, de conformidad con la legislación aplicable. Al hacerlo, y para tal fin, se les autoriza a utilizar agentes, agencias y funcionarios del Gobierno de los Estados Unidos, de sus diversos estados, territorios, dependencias y municipios, así como del Distrito de Columbia. Por la presente, se les otorga plena autoridad para todos los actos que realicen en cumplimiento de dichas regulaciones cuando actúen por orden del Fiscal General o del Secretario de Seguridad Nacional, según corresponda.


De conformidad con la autoridad que me confieren la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida la Ley de Enemigos Extranjeros, 50 USC 21 y siguientes, por la presente declaro y establezco las siguientes regulaciones que considero necesarias “en las instalaciones y para la seguridad pública”:

(a) Ningún enemigo extranjero descrito en la sección 1 de esta proclamación entrará, intentará entrar ni se encontrará en ningún territorio sujeto a la jurisdicción de los Estados Unidos. Cualquier enemigo extranjero que entre, intente entrar o se encuentre en dicho territorio será inmediatamente aprehendido y detenido hasta su expulsión de los Estados Unidos. Todos estos enemigos extranjeros, dondequiera que se encuentren en cualquier territorio sujeto a la jurisdicción de los Estados Unidos, estarán sujetos a aprehensión sumaria.

(b) Los enemigos extranjeros detenidos de conformidad con esta proclamación estarán sujetos a detención hasta que sean trasladados de los Estados Unidos al lugar de detención que indiquen los funcionarios responsables de la ejecución de estas reglamentaciones.

(c) Los enemigos extranjeros estarán sujetos a ser trasladados a cualquier lugar que indiquen los funcionarios responsables de la ejecución de estas reglamentaciones, de conformidad con la legislación aplicable.

(d) Toda propiedad en posesión de, o rastreable hasta, un Enemigo Extranjero, que se use, se pretenda usar o se use comúnmente para perpetrar la actividad hostil y la guerra irregular del TdA, junto con evidencia de dicha actividad hostil y guerra irregular, estará sujeta a incautación y decomiso.

El Fiscal General también tiene la autoridad, de conformidad con la Ley de Enemigos Extranjeros y el Título 3 del Código de los Estados Unidos, artículo 301, en consulta con el Secretario de Seguridad Nacional, para emitir cualquier orientación necesaria para la pronta aprehensión, detención y expulsión de todos los Enemigos Extranjeros descritos en la sección 1 de esta proclamación. Dicha orientación entrará en vigor inmediatamente después de su emisión por el Fiscal General.

Esta proclamación y las directivas y reglamentos aquí prescritos se extenderán y aplicarán a toda la tierra y el agua, continental o insular, en cualquier forma dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo la presente este día catorce de marzo del año de Nuestro Señor dos mil veinticinco, y ducentésimo cuadragésimo noveno de la Independencia de los Estados Unidos de América

AQUÍ, AHORA / A 3 años del último aumento salarial


Manuel Isidro Molina

El mundo retorcido que sufrimos en Venezuela, trasciende el ámbito político del fraude permanente, el abuso de poder, la corrupción y la represión impuesta con manipulación absoluta del Sistema de Justicia.

El campo social de empobrecimiento y traición a las trabajadoras y trabajadores activos, jubilados y pensionados es otro territorio de injusticias y maltrato a la familia venezolana: de hecho, el último aumento del salario mínimo nacional fue el 15 de marzo de 2022, fijado en 130,00 bolívares mensuales, que para la época equivalían a 30,00 dólares estadounidenses, a razón de un (1) dólar diario, en el limite de la pobreza crítica establecido por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 

36 meses después, esos mismos 130 bolívares equivalen a  1,95 dólares mensuales, al cambio oficial del Banco Central de Venezuela (BCV) de 66,5576 bolivares por dólar.

En el lapso 2022/2025 que comentamos, el bolívar se ha devaluado unas 15 veces, de 4,34 bolívares por dólar a los 66,5576 de hoy.  Ese tobogán devaluativo hizo que el salario mínimo nacional -congelado por el gobierno de Maduro durante estos tres años- cayera brutalmente de 30 a 1,95 dólares mensuales.

Para apreciar en su exacta magnitud la tragedia de empobrecimiento del pueblo venezolano, resaltamos que esos 1,95 dólares mensuales imponen un salario minimo diario de US$0,06: seis décimas de dólar por jornada de 7 horas trabajadas. ¡Esclavitud pura y cruda, brutal, inconstitucional, inhumana.

La politica neoliberal del PSUV

Esas seis décimas de dólar del salario mínimo es lo que reciben los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS): como dicha pensión está atada al salario mínimo nacional, y el salario mínimo nacional está congelado en 130,00 bolívares mensuales desde el 15 de marzo de 2022, lo que reciben los pensionados en toda Venezuela es precisamente 1,95 dólares mensuales. Un crimen social profundo, que la sociedad venezolana rechaza, especialmente más de 5 millones de pensionados y jubilados, junto con los trabajadores activos y sus familiares. ¡Es un crimen de lesa humanidad!

En su curso de subsistencia crónica y simultáneo saqueo a la nación, el gobierno del PSUV escogió la ruta neoliberal impuesta con abuso de poder, censura mediática, represión cobijada por el podrido Sistema de Justicia y un magma de corrupción generalizada nunca visto en Venezuela. 

Esa política depredadora, antidemocrática y anticonstitucional impuesta por Maduro y el PSUV, se distingue por el cinismo de sus promotores -enriquecidos asquerosamente junto con sus testaferros- que todavía hablan de 'pueblo', 'socialismo' y hasta de 'justicia social' ante un pueblo empobrecido y traicionado que los detesta.

El gobierno de Maduro nos ha robado el salario y las prestaciones sociales, el pago justo de horas extras y fines de semana y dias feriados trabajados. Igual nos roba el justo pago de vacaciones, aguinaldos y las alícuotas de cajas de ahorro. 

Esta nefasta politica neoliberal viola la Constitución, articulo por artículo. La pisotea vulgarmente, en detrimento de la clase trabajadora:

- El 11 de octubre de 2018 el ministerio del Trabajo impuso el «Memorando 2792», que echó por tierra los derechos laborales de los empleados y obreros al servicio del Estado.

- Implementó inconsultamente la nefasta política de bonificación del salario, en acuerdo secreto con los empleadores privados, reduciendo el salario real a un porcentaje menor frente a los bonos asignados, no computables a efectos de los derechos socioeconómicos del trabajador asociados al salario.

No solo ha destruido el salario

Maduro y el PSUV no solo han destruido el salario. También han vulnerado la jornada máxima de 8 horas diarias, establecida en la Constitución. Hoy, en Venezuela, hombres y mujeres trabajan hasta 14 y 16 horas seguidas, diariamente, de lunes a sábado, por unos 30 dólares semanales. Así, Maduro y el PSUV -no importa la paja que hablen- nos han regresado al siglo XIX, justo cuando trabajadoras y trabajadores de Chicago se lanzaron a las calles por 8 horas de jornada laboral, el 1ro. de Mayo de 1886.

Esta calamidad sociolaboral hace parte de la tragedia histórica que sufrimos. El pueblo la sufre en sus casas, familiarmente, empobrecido y sin esperanza, sometido a un calvario de hambre, desnutrición, enfermedad y muertes prematuras,  espuelado por un Sistema Público de Salud destartalado, saqueado y miserablemente corrompido.

Por eso, la protesta social se justifica, en tono de rebeldia cívica frente a tanta injusticia, abuso de poder, represión y corrupción.

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IPSP realizó con éxito Máster Class sobre periodismo en materia de Sucesos


Este 15 de marzo se llevó a cabo en las instalaciones del Instituto de Previsión Social del Periodista, IPSP, la muy esperada Máster Class, "Cómo Convertirte en un Auténtico Reportero de Sucesos", con el reconocido periodista, Santiago Gutiérrez. 

La actividad estuvo orientada a profesionales del periodismo y estudiantes de la carrera, ávidos de profundizar en la fuente de Sucesos, de la cual Gutiérrez es un connotado especialista en Venezuela.

Los participantes conocieron a detalle y a través de interesantes anécdotas, los secretos de la cobertura de accidentes, crímenes, emergencias y desastres naturales, con un enfoque ético y formativo para el desarrollo de este oficio especializado.

Al haber participado en la cobertura de crímenes relevantes en la historia del país, como los casos de secuestro en San Román y Terrazas del Ávila en los años 90, y otros de gran interés, la experiencia de Santiago Gutiérrez permitió a los asistentes tener acceso a la óptica de un testigo de excepción de delitos, su investigación y resolución; comprender la relación con los cuerpos de seguridad y recibir guía sobre el lenguaje científico adecuado para reportar los hechos.

Para el periodista y facilitador de esta Máster Class, Santiago Gutiérrez, se trató de una grata oportunidad para compartir conocimientos con colegas y estudiantes, "estoy satisfecho por la inducción brindada, sobre todo, estoy contento con el IPSP que en corto tiempo, ha realizado un trabajo importantísimo. Estas actividades serán replicadas en otros estados del país", comentó.

Por su parte, Euclides Sotillo, presidente del IPSP, señaló, "estoy realmente conmovido por esta experiencia, esta es la casa de todos los periodistas de Venezuela. No duden que seguiremos efectuando este tipo de formaciones sobre diversos tópicos de interés colectivo", informó.

Mientras que, Rafael Narváez, consultor jurídico del IPSP, destacó, "este tipo de actividades de carácter académico se constituyen dentro del marco legal como garantía del derecho al acceso al conocimiento".

Este ciclo de talleres forma parte de las tres grandes áreas a abordar por parte del IPSP durante el 2025, la  Formación, Salud y Recreación para los agremiados en el Colegio Nacional de Periodistas, CNP, e inscritos en el IPSP.

Por parte de la directiva nacional del IPSP, estuvieron presentes, Andrés Salazar, vicepresidente, Yudeima Sotillo, directora de Finanzas y Jennifer López, directora suplente de Regiones, además de Elio García, gerente general, Ivonne Andara, directiva del CNP y Nelson Jiménez, representante del CNP en la junta directiva del IPSP.

FENACOMUNAL respalda luchas de los trabajadores activos, jubilados y pensionados de Venezuela


«Ante la grave crisis salarial que afecta a los jubilados, pensionados y trabajadores de Venezuela, queremos expresar nuestra más sincera solidaridad y apoyo», express un comunicado de la Federación Nacional de Asociaciones Comunales (FENACOMUNAL).

- La situación actual -dicen sus dirigentes- es injusta y desproporcionada, y no puede seguir siendo ignorada. Los trabajadores venezolanos han sido afectados de manera desmedida por la inflación, la escasez de alimentos y medicamentos, y la falta de oportunidades laborales.

Es inaceptable que los jubilados y pensionados, después de una vida de trabajo y contribución al país, se vean obligados a vivir en la pobreza y la incertidumbre , sometidos totalmente a un proceso de extinción . Es igualmente inaceptable que los trabajadores actuales se vean obligados a trabajar por salarios que no les permiten cubrir sus necesidades básicas, violandose en forma descarada y grotesca, el principio Constitucional, en materia salarial .

Por lo tanto, queremos manifestar nuestro apoyo incondicional a los jubilados, pensionados y trabajadores de Venezuela en su lucha por una vida digna y un salario justo. Demandamos que se tomen medidas urgentes para:

- Aumentar los salarios y pensiones para que se ajusten a la inflación y permitan una vida digna.

- Garantizar el acceso a alimentos y medicamentos básicos para todos los ciudadanos.

- Fomentar la creación de oportunidades laborales y la inversión en el país.

Estamos comprometidos con la lucha por la justicia social y la dignidad de los trabajadores venezolanos. Seguiremos apoyando y solidarizándonos con ustedes en esta difícil hora.

¡La lucha por la justicia social y la dignidad de los trabajadores venezolanos es nuestra lucha!

Atentamente,

   Por  FENACOMUNAL 

     La junta Directiva Nacional, regional y cuerpo de asesores

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