Declaración de María Alejandra Díaz Marín: «Es una extralimitacion y una clara advertencia al ejercicio libre de la política». Nuestra posición clara es la siguiente:
1. Es legal y constitucional el ejercicio de derechos.
2. Los accionantes no ofendieron ni generaron zozobra alguna sólo están pidiendo cumplir con las sentencias 31 de la Sala Electoral y 211 y 212 de la Sala Constitucional y sus criterios jurisprudenciales vinculantes.
3. Se extralimitan y es desproporcionada la sanción no sólo multa sino suspensión del ejercicio profesional, no existe ninguna disposición que la establezca (tipo), ni mucho menos tienen competencia para ello, sin respetar el debido proceso y mi derecho a la defensa.
4. El ejercicio profesional es mi único modo de vida y actividad legal que genera el sustento de mi persona y mi familia licitamente, tales sanciones violentan el derecho al trabajo y al ejercicio libre de mi profesión dentro del estado de Derecho. No se debe aplicar ese tipo de sanciones a los profesionales del derecho que defienden el derecho y menos en sede constitucional, ¿quiénes querrán ahora defender causas de índole político y social como la actual, si pueden recibir éste tipo de penas?
No hay comentarios:
Publicar un comentario