El Grupo
de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (GTAI), grupo de investigación académica y
de acción social adscrito al Centro de Estudios Políticos y Sociales de América
Latina (CEPSAL), de la Universidad de Los Andes en Mérida, Venezuela, a
propósito de otro 12 de octubre, manifiesta la siguiente:
1. Como lo
hemos señalado en otros comunicados, el reconocimiento de los derechos
indígenas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de
1999, fue una encrucijada para crear las condiciones necesarias a objeto que, de
manera original y creativa, se avanzara en la materialización de los derechos
territoriales.
2. Concurrían
así los indígenas a la posibilidad de su ejercicio como sujetos de derecho, o
la peligrosa deriva de un secuestro de sus demandas históricas por un puñado de
burócratas alojados en el seno del Estado.
3. A quince
años de CRBV, los efectos de lo antes expuesto ya es una evidencia: los tiempos
históricos son más exigentes con las revoluciones que con las regresiones.
4. Lo que
se pudo promulgar en una hermosa y novedosa legislación sobre derechos
indígenas ha quedado despachado por la incomprensión (política) de que su
implementación era mucho más urgente que su mera consagración.
5. Hoy en
día la situación de los pueblos y comunidades indígenas del país es
completamente precaria: sus territorios se encuentran fragmentados por ausencia
de demarcación; las tierras están amenazadas por la presencia de la minería ilegal
y de grupos irregulares; la criminalización de la protesta por las demandas
indígenas ya ha cobrado sus muertos y el proceso de cooptación indígena ha
aumentado por la creación de formas de organización indígena paralelas y dependientes
del partido de gobierno. Por si fuera poco, los índices de pobreza han ido en
aumento en el seno de las comunidades indígenas.
6. Esta
peligrosa situación pone en evidencia escenarios de genocidios silenciosos
hacia las culturas indígenas de Venezuela.
7. Lo
anterior, sumado a la salida de instancias regionales de protección de los
derechos humanos por parte del Estado venezolano, pone en entredicho la
voluntad gubernamental de hacer efectivos los derechos indígenas reconocidos
constitucionalmente.
8. El ámbito
interamericano de protección de los derechos indígenas ha sido el más preciado
en cuanto al avance jurisprudencial en materia de garantías a estos pueblos
históricamente discriminados.
9. Como ya
lo advirtiéramos, el Estado venezolano como cualquier Estado colonial, comete
un doble crimen contra los pueblos indígenas del país, al criminalizar la
demanda histórica indígena por el territorio y al dejar a estos sujetos de
derechos desamparados de un espacio importante de protección y de garantías de
sus derechos. A dos años de la salida del sistema interamericano de protección
de los derechos humanos, los resultados están a la vista.
10.
Todo lo referido anteriormente, hace de la CRBV
un contrato social pendiente de materialización, sobre todo, en lo que se
refiere a los derechos territoriales indígenas.
11.
Hasta tanto a los derechos territoriales
indígenas en Venezuela no se les conceda un tratamiento con rango presidencial,
difícilmente se pueda avanzar en una agenda nacional para la demarcación.
12.
Esta última debe ir vertebrada de los
procesos de autodemarcación que los pueblos y comunidades indígenas del país
han iniciado casi desde el mismo momento en que fue aprobada la nueva
Constitución en el año 1999.
13.
De nuevo, la materialización de los
derechos indígenas en Venezuela es no sólo un asunto de voluntad política sino
fundamentalmente de voluntad estatal, como como condición de un garantismo
constitucional descolonizador.
14.
El GTAI como grupo académico de acción
social, cumpliendo con los fines que demanda la institución universitaria,
expresa que la celebración de los próximos 12 de octubres deberían ser fechas más
propicias para hacer balances de derechos indígenas reconocidos y materializados,
y no para llamar la atención a los órganos competentes del Estado de la
existencia de derechos indígenas pendientes.
En Mérida, Venezuela, el 12 de Octubre de
2015
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